El intendente electo de San Carlos de Bariloche, Walter Cortés declaró que tomará “decisiones drásticas” por el mal estado carretera nacional 40 y obstaculizaría el camino comercial Chile cuando inicie su administración en la turística ciudad a partir del 11 de diciembre.
Hizo que los todoterrenos “destruyeran la carretera” y añadió que “las partes destruidas deben ser devueltas”. Espere que las cosas se pongan más estrictas con él. Flete de transporte Vengo de la antigua patria.
En este sentido, el nuevo mandatario municipal explicó: “Hay que tener cuidado que las rutas estén organizadas, porque hasta que se llevan las ambulancias. Porque todos los días pasan al menos 100 camiones chilenos y tenemos en cuenta uno o dos”.
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Contradeclaraciones entre el intendente electo de Bariloche y la Cancillería chilena
La advertencia podría terminar con una Conflicto diplomático Sin embargo, las autoridades chilenas no tardaron en responder a la interrupción del tráfico comercial, argumentando con un comunicado que “el movimiento de camiones chilenos y argentinos está regulado por la ley”. “Convenio argentino-chileno de transporte terrestre en tránsito”. “Unir los puntos de un mismo país con el territorio de otro país”, 1974”.
El futuro representante de la ciudad de Río de Janeiro ya está inaugurado ya que ingresa al territorio nacional con muy pocas regulaciones y los contenidos que transmite no entran dentro de la Argentina.
Además, Walter Cortez Insistió en que debía “llevar mercancías a la zona sur de Chile por rutas argentinas”. Sólo tránsito, no hay ventaja comercial para Argentina. Todos los directores opinan lo mismo y están indignados; El flujo de turistas ha disminuido significativamente.
Un polémico mapa de jurisdicción chilena en los mares argentinos desató un nuevo conflicto
Acuerdo de transporte terrestre argentino-chileno en aprobación de tránsito
el Acuerdo internacional entre las dos naciones sudamericanas, fue creado mediante la adopción de un reglamento sancionado el 15 de noviembre de 1976 mediante la publicación del Boletín Oficial de la República Argentina.
Allá Ley N° 21.458 estipula que esta modalidad tiene características definidas: por conectar poblaciones en conflicto, es similar al tráfico fronterizo de corta distancia, y por tener características de larga distancia, es similar al tráfico previsto en el artículo 1:
“Las Partes podrán, en virtud del presente Acuerdo, autorizar el paso de vehículos que transporten pasajeros o carga desde otro país a través de sus respectivos territorios con el fin de conectar los puntos de ese territorio.”
PM/fl.
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