“Considerar la adopción de medidas de protección colectiva para los ciudadanos venezolanos, incluyendo la posibilidad de determinar la condición de refugiado prima facie (prima facie) o a nivel grupal, lo que implica el reconocimiento colectivo o grupal de personas como refugiados sin que la necesidad de que dicho reconocimiento sea individual. sentencia”, argumentó el miércoles.
El informe, “Refugiados y migrantes de Venezuela”, aborda las causas del “desplazamiento forzado” de venezolanos, incluidas “graves violaciones de derechos humanos, el cierre de espacios públicos y la restricción del acceso a instituciones económicas, sociales, culturales y ambientales”.
“NORTEEn los últimos años se ha producido un drástico deterioro de la situación de los derechos humanos en el país (Venezuela), lo que ha provocado una afluencia masiva y forzada de personas. Se estima que más de siete millones de personas han abandonado Venezuela desde 2015. Este movimiento migratorio, actualmente el mayor de la región y uno de los mayores del mundo, es una estrategia de supervivencia para preservar derechos como la vida, la integridad personal, la salud y la nutrición.“, explica la CIDH.
En el documento, la CIDH también llama a establecer procedimientos para brindar “formas complementarias de protección a las personas que no han solicitado la condición de refugiado o no han sido reconocidas como tales pero que necesitan protección internacional y deben ser protegidas de la deportación”. .
El informe de 85 páginas pretende iniciar una discusión sobre la necesidad de responder al desplazamiento forzado de venezolanos con un enfoque regional y coordinado basado en la responsabilidad compartida y el respeto y garantía de los derechos humanos.
“La CIDH está a disposición de los Estados para cooperación técnica”, enfatiza.
Raíces del problema
El documento señala la falta de Estado de derecho, la represión y el cierre de espacios democráticos, violaciones graves y sistemáticas de derechos humanos, sanciones territoriales y “medidas coercitivas unilaterales” como causas del desplazamiento forzado. [sanções internacionais]la crisis humanitaria.
Por otro lado, se refiere, entre otros, a los derechos a la no despenalización, a la vida, a la integridad y a la libertad personal durante los viajes, al derecho a la nacionalidad y a la prevención de la condición de apátrida, a los procedimientos migratorios en los países receptores, al derecho de asilo y al acceso. a los derechos económicos, sociales, culturales y ecológicos fuera de Venezuela.
El Estado venezolano recomienda “garantizar el acceso a documentos de identificación como partidas de nacimiento y pasaportes a todas las personas con derecho a la nacionalidad venezolana, en un plazo razonable y sin discriminación alguna, tanto en territorio venezolano como a través de oficinas consulares en el exterior”.
Por otro lado, garantizar que todas las personas que postulen al programa “Plan Vuelta a la Pátria” (que prevé el retorno de emigrantes a Venezuela) lo hagan “de manera libre, voluntaria e informada”.
Por otro lado, la CIDH saluda la generosidad y los esfuerzos de algunos países de la región, incluidos Colombia, Brasil, Ecuador, Chile, Perú, Costa Rica y Estados Unidos, para acoger y brindar protección a los migrantes venezolanos.
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