El Servicio Agropecuario de Chile (SAG) ha tomado nota de la prohibición de formulaciones agroquímicas que contengan una mezcla de glifosato con el tensioactivo polioxietilenamina (POEA), también conocida como “seboamina”.
La Resolución Exenta N° 5328/2022 convirtió a Chile en el primer país de América en adoptar una normativa de estas características. Según el SAG, la decisión se tomó luego de una evaluación técnica con base científica, lo que “reafirma el compromiso del Departamento de Agricultura de trabajar en pro del desarrollo de una agricultura sustentable que no presente riesgos para la salud humana y animal y el medio ambiente”. .
Con esta ley normativa, la autoridad chilena quiere garantizar que el cargamento de glifosato que llega a Chile sea de la misma calidad que el que se utiliza en los países europeos, y evitar que lotes de formulaciones más antiguas y tóxicas, aún autorizadas en otros países, ingresen al país. llegar a los países de la región.
La amina de sebo surfactante, en combinación con el glifosato, facilita la absorción de este herbicida por parte de las malas hierbas. Esta mezcla está clasificada como más peligrosa desde el punto de vista toxicológico en comparación con las formulaciones que contienen otros tensioactivos, lo que ha llevado a los países miembros de la Unión Europea a prohibir esta combinación.
SAG enfatiza la importancia de cumplir estrictamente con las medidas de seguridad que exige la ley y observar el prospecto de los agroquímicos. Además, según los chilenos, se está implementando un “riguroso programa de control y capacitación para fomentar el uso correcto de estos productos químicos”.
“La comercialización de plaguicidas de uso agrícola en Chile debe hacerse siempre por los canales formales, correspondientes a las entidades que han notificado su inicio de actividad ante la SAG, informando año tras año los productos que comercializan y las cantidades vendidas”, advierte el Funcionario Departamento. “Estas empresas también son auditadas periódicamente para comprobar el cumplimiento de la normativa aplicable”, concluye SAG.
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